“...esta Cámara [Civil] establece que efectivamente, tanto en el listado digital, como en el informe rendido por la gerente Administrativo y Financiero de la Superintendencia de Telecomunicaciones, que aparecen en los folios noventa y seis y noventa y siete del expediente administrativo certificado, no revelan los costos administrativos en que se incurrió por la prestación del servicio, con el objeto de tener por probado que el cobro de los cargos administrativos por la prórroga del plazo del título de usufructo de frecuencias del espectro radioeléctrico otorgada a favor de la casacionista, no excedieron los costos administrativos que exige el artículo 16 de la Ley General de Telecomunicaciones, sin embargo, la Sala al realizar su análisis concluyó que la Superintendencia de Telecomunicaciones realizó el cobro de conformidad con las facultades que le otorga el referido artículo y con base en el principio de legalidad, pero los documentos que analizó no revelaban que los cargos administrativos cobrados no excedieron los costos administrativos a que se refiere la ley. Con base en lo anterior, se concluye que sí existe la tergiversación en la apreciación de la prueba denunciada, pues se advierte que en el presente caso, los informes no reflejaban los costos administrativos a fin de establecer que los cargos los excedían, tal y como lo regula el mencionado artículo 16 de la Ley General de Telecomunicaciones, por lo que, el recurso de casación deviene procedente por el submotivo invocado y, en consecuencia, deberá casarse la sentencia impugnada, por lo que deberán realizarse los pronunciamientos correspondientes...”